EL SUPREMO FIJA QUE UN HIJO EN PRISIóN NO CUENTA COMO CARGA FAMILIAR PARA COBRAR LA PENSIóN NO CONTRIBUTIVA

El Tribunal Supremo ha determinado que un hijo que cumple condena en prisión no cuenta como carga familiar a efectos de que uno de sus progenitores mantenga su pensión de jubilación no contributiva. Los magistrados explican que "aun admitiendo hipotéticamente que el hijo privado de libertad pudiere carecer de cualquier renta o ingreso, no puede considerarse que continúe bajo la dependencia económica de sus padres cuando el centro penitenciario le facilita el alojamiento, la manutención y garantiza un mínimo de decoro y dignidad en la atención de las necesidades de los presos". P ...

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